KIKUCHI&PARTNERS
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Detalles

[1] Derecho civil (casos de disputa)
(a) Negociaciones
Con respecto a los casos de disputa en el derecho civil, nuestro primer objetivo es resolver los casos de manera autónoma e inicialmente no remitirnos a la resolución por parte de los tribunales.
En concreto, iniciamos negociaciones con la contraparte mediante documentación, conversaciones telefónicas, reuniones, etc., y establecemos una relación de confianza con la contraparte a través de un intercambio honesto de opiniones sobre los hechos y las relaciones jurídicas con el objetivo de llegar a un acuerdo preciso, exhaustivo y justo.
En el proceso de las negociaciones, no solo mantenemos el intercambio verbal, sino que también obtenemos evidencias objetivas como prueba mediante la preparación de notificaciones y documentos de comunicación, etc., si es necesario, y mediante la presentación de estas evidencias objetivas a la contraparte, nos esforzamos por llegar, lo antes posible, a un entendimiento común (véase el apartado 3 de las “Líneas generales de actuación”).
(b) Casos judiciales
Si se determina que es difícil resolver un caso a través de negociaciones, nuestro objetivo es la resolución por medio de litigios, etc. En general, tratamos los siguientes tipos de litigios: (1) Litigios sobre una reclamación de pago de dinero en virtud del derecho contractual, (2) litigios sobre reclamaciones y responsabilidades, (3) litigios sobre la entrega o registro de bienes inmuebles, (4) litigios sobre una reclamación de daños por incumplimiento o agravio, (5) litigios sobre cuestiones relativas a la teoría general de las reclamaciones, incluyendo las responsabilidades garantizadas, (6) litigios sobre el enriquecimiento injusto, (7) litigios en virtud de la legislación sobre arrendamiento de tierras y viviendas, litigios sobre arrendamiento de tierras no contenciosas y litigios en virtud del Código Civil y sus leyes especiales en general. Como se indica en el apartado (a), si bien nuestro objetivo es básicamente la resolución a través de negociaciones, utilizamos el litigio de manera activa en los casos que se consideran más favorables para instituir directamente el litigio en lugar de las negociaciones en procedimientos de registro (aunque la reclamación garantizada se extinguió por prescripción, no se completó la cancelación de la inscripción del establecimiento de la garantía y el antiguo propietario no ha cooperado en los procedimientos de inscripción de la transferencia de la propiedad de una carretera privada en terrenos de vivienda adquiridos hace varias décadas, etc.) y en casos de la confirmación de la inexistencia de responsabilidades contra los cobradores de reclamaciones corruptas, etc.
[2] Derecho civil (caso no conflictivo)
Si bien la preparación de declaraciones de opinión y respuestas escritas, etc., y la preparación y corrección de contratos, como parte de los asuntos legales corporativos, representan la mayoría de nuestros servicios, también ofrecemos asesoramiento legal de personas.
[3] Derecho mercantil
A diferencia de las disputas en el derecho civil, la mayoría de las disputas en el derecho corporativo surgen de un conflicto interno intenso en una corporación familiar, etc. Como está estrechamente relacionado con el registro de las corporaciones, existe una gran necesidad de obtener decisiones judiciales para llevar a cabo acciones colectivas y un tratamiento uniforme.
Por lo tanto, en los casos de derecho corporativo, existe una gran necesidad de iniciar directamente procedimientos legales sin negociación y utilizamos disposiciones provisionales (suspensión de las funciones de directores y directores representativos y nombramiento de suplentes) y litigios (confirmación de inexistencia de resoluciones en una reunión general de accionistas, revocación de resoluciones de juntas generales de accionistas y confirmación de la invalidez de la resoluciones de la junta directiva).
Sin embargo, en términos del volumen real de casos del bufete, la operación e instrucción de las juntas generales de accionistas y las reuniones de la junta directiva, etc., y la preparación de declaraciones de opinión sobre la ley de la compañía como parte de los asuntos legales corporativos es mucho mayor.
[4] Derecho administrativo
Anteriormente, los abogados no participaban en procedimientos administrativos, pero como resultado de la promulgación de la ley de procedimiento administrativo (en vigor desde el 1 de octubre de 1994), la posibilidad de que los abogados participen en los procedimientos administrativos ha aumentado considerablemente, ya que la gente puede solicitar la emisión de documentos escritos sobre orientación administrativa oral (artículo 35, sección 2 de la misma ley). Abordamos litigios administrativos (litigios por revocación de disposiciones o decisiones) como asesores y también hemos estado involucrados en procedimientos administrativos y procedimientos de litigios administrativos como asesores.
[5] Derecho laboral
El asesoramiento como parte de los asuntos legales corporativos (incluyendo la preparación de declaraciones de opinión) representa la mayor parte del volumen de casos y también incluye el tratamiento de las demandas de negociación colectiva por parte de los sindicatos y las disposiciones provisionales (conservación de la situación laboral de los empleados, etc.), además actuamos en litigios (confirmación de la invalidez de despidos, etc.) como asesores. Las leyes laborales tratadas por el bufete consisten, por orden de frecuencia, en (1) la ley de normas laborales, (2) la ley de sindicatos y (3) la ley de seguridad y salud industrial y la ley del seguro de compensación por accidentes de los trabajadores.
[6] Derecho de propiedad intelectual
El asesoramiento como parte de los asuntos legales corporativos y la preparación de documentos, incluyendo contratos, representan la mayor parte del volumen de casos. También estamos involucrados como asesores en los casos de derechos de marcas corporativas, derechos de diseño, derechos de autor y la ley de prevención de la competencia desleal, etc. Nombramos abogados en materia de patentes, con los que colaboramos estrechamente, asignamos procedimientos para la solicitud de diversos derechos de propiedad intelectual y procedimientos en la Oficina de Patentes, pero una vez que surge una disputa (infracción de derechos de patente, etc.), gestionamos todo el proceso.
[7] Ejecución civil
Nos ocupamos, como asesores, no solo de la ejecución obligatoria de demandas cuyo objetivo es el pago de dinero por bienes inmuebles, bienes muebles y otras demandas, sino también nos ocupamos de la ejecución obligatoria de demandas cuyo objetivo no es el pago de dinero. Es común que participemos como asesores de un acreedor, pero podemos participar en la ejecución de un recurso de apelación y en cualquier otro procedimiento como asesores de un deudor.
[8] Recursos civiles provisionales
A menudo, participamos como asesores de un acreedor, en casos de embargo provisional y disposiciones provisionales y presentamos peticiones de orden de embargo provisional y disposiciones provisionales, y a veces, también participamos como asesores de deudores en los procedimientos de audiencia de casos que soliciten el embargo provisional y la disposición provisional. Hay casos en los que hemos obtenido decisiones de revocación de la orden para el recurso provisional mediante la participación en el proceso de objeción de los recursos provisionales, como en el caso de una orden de embargo provisional y una orden de disposición provisional.
[9] Derecho de familia
Nos ocupamos del derecho de familia en general: (1) Preparación de testamentos y fideicomisos, (2) ejecución de testamentos y fideicomisos, (3) solicitud de reducción de acciones distributivas (negociaciones, mediación y litigio), (4) declaración de renuncia a herencias y reconocimientos limitados, (5) división de patrimonio (presidiendo consultas extrajudiciales sobre división de patrimonio y participación como asesor en la mediación y adjudicación de la división de patrimonio ante un tribunal), (6) casos de divorcio (negociaciones, mediaciones y litigios), (7) cancelación de adopciones (negociaciones, mediaciones y litigios), (8) petición de inicio de la tutela y asistencia en los deberes como tutor (preparación de informes, etc., para un tribunal), etc. También hacemos notificaciones bajo la ley de registro de familia y petición de adjudicación bajo la ley de investigaciones de causas domésticas (petición de cambio de apellido de un niño, etc.).
[10] Legislación sobre la quiebra y rehabilitación (empresas)
(a)
Con respecto a la quiebra y rehabilitación de empresas, básicamente llevamos a cabo acuerdos privados y la reconstrucción de empresas como asesores de un deudor, nos ocupamos de estos casos de manera responsable hasta su conclusión.
(b)
Si una corporación, o un actor empresarial, no ha quebrado por deshonor, generalmente intentamos la rehabilitación del negocio por parte de la empresa. A través de la participación activa en el funcionamiento de las reuniones de la junta directiva y de la asamblea general de accionistas, establecemos un proceso transparente de toma de decisiones sobre políticas importantes para la gestión empresarial y buscamos la recuperación de la empresa con la comprensión de los acreedores y accionistas.
(c)
Si una empresa, o un actor empresarial, ha quebrado por deshonor, generalmente intentamos la continuación de las actividades empresariales y su recuperación, utilizando medidas de acuerdo con las características de la empresa quebrada. Sin embargo, podemos adoptar un tratamiento de liquidación renunciando a la recuperación de la empresa, teniendo en cuenta la rentabilidad y las perspectivas empresariales, la motivación y las capacidades de los empleados, etc. En cualquier caso, es esencial obtener la comprensión y la cooperación de los acreedores. Para ello, es necesario que reconozcamos correcta y claramente la dirección que el deudor debe tomar en el futuro al comprender correctamente el panorama completo del deudor. Entonces, al mismo tiempo que revelamos información detallada a los acreedores, al proporcionarles una explicación específica y detallada sobre la dirección que el deudor debe tomar en el futuro, podemos obtener la confianza de todos los acreedores para los procedimientos concursales y de rehabilitación de negocios liderados por nosotros y podemos obtener la comprensión y la cooperación de los acreedores.
(d)
En cualquiera de los casos mencionados en los apartados (b) o (c) anteriores, llevamos a cabo un tratamiento colectivo, ya que generalmente hay muchos acreedores. La esencia de los procedimientos privados de arreglo y rehabilitación que no recurren a los procedimientos judiciales es la negociación persona a persona sobre la ejecución del acuerdo de pago de la deuda entre nuestro bufete como asesor del deudor y los acreedores individuales, pero de hecho, podemos llevar a cabo una resolución rápida y apropiada eliminando la complejidad de las negociaciones individuales mediante la presentación de informes imparciales y justos por escrito a todos los acreedores de manera oportuna.
[11] Legislación sobre la quiebra y rehabilitación (individual)
Existen diferencias de trato significativas entre los casos en que el deudor sea una empresa o un particular. Si el deudor es un individuo, pero es reconocido en realidad como una empresa, (si la persona posee bienes inmuebles para actividades empresariales), etc., o si el pasivo total es grande (más de 200.000.000 de yenes japoneses), se adoptará un tratamiento similar al de una empresa. Excepto en las situaciones inusuales mencionadas anteriormente, si el deudor es un individuo, la política de quiebra individual, rehabilitación individual o arreglo privado se determinará en base a los activos, pasivos, ingresos y gastos de la persona en cuestión.
[12] Derecho penal
(a)
Aceptamos solicitudes de defensa durante una investigación antes de la acusación y también solicitudes de defensa en juicios después de la inculpación y de las acusaciones penales.
(b)
En caso de que el sospechoso impugne los presuntos hechos delictivos, es evidente que el contenido de la defensa en la etapa de investigación antes de la acusación determina la conclusión final del caso y la defensa en esta etapa tiene gran importancia en el tratamiento del sospechoso. En casos de áreas remotas, debido a la situación financiera del sospechoso, etc., podríamos aceptar la defensa solo antes de las acusaciones y si el sospechoso pudiera ser inculpado, podríamos asignar a un abogado designado por el tribunal local las actividades de defensa en el juicio después de que renunciemos como abogado del acusado.
(c)
Con respecto a la defensa en el juicio, debido a que, en la mayoría de los casos, los hechos de la acusación no son impugnados, el éxito probatorio de los atenuantes es la clave en la severidad de la sentencia. En tales casos, prestamos especial atención en probar los atenuantes de manera efectiva, teniendo claro cómo abordar el caso. En los casos de impugnación de los hechos imputados, nuestro objetivo es obtener una decisión de no culpabilidad mediante el aprovechamiento de todos y cada uno de los derechos y medios previstos en el Código de Procedimiento Penal.
[13] Legislación de menores
Llevamos a cabo actividades de asistentes en la resolución judiciales de menores. En los casos de menores, como no se aplica el principio de acusación, el árbitro (juez) de menores comparece ante el tribunal después de formar impresiones en los casos, después de leer todos los registros de la investigación y los informes de la investigación social (informes de investigación del investigador del Tribunal de Familia y de la Oficina de Clasificación de Menores sobre un menor) antes de la fecha de la sentencia.
El asistente documentará la información obtenida en las repetidas entrevistas con el menor y con sus padres (los hechos, etc., no incluidos en otros registros, que no son conocidos por el árbitro) y los presentará con las opiniones del asistente antes de la fecha de la resolución, de modo que se lleve a cabo la resolución judicial adecuada.
[14] Asuntos legales corporativos
Aunque la mayoría de las veces tratamos los casos en forma de asesores como abogados, preparamos declaraciones de opinión legal y proporcionamos asesoramiento oral sobre cualquier asunto legal externo e interno que pueda surgir en las empresas, independientemente de que hayamos celebrado o no un acuerdo de asesores como abogados.
[15] Consultas de empresas extranjeras y clientes no japoneses y casos de herencias internacionales, etc.
Hemos prestado a empresas de titularidad extranjera (especialmente a empresas españolas) servicios jurídicos que incluyen (1) asesoramiento sobre negociaciones relativas a las condiciones de las transacciones y otros asuntos con sus contrapartes japonesas, (2) consultas y asesoramiento sobre todo el espectro de cuestiones laborales internas, (3) revisión y redacción de contratos y otros documentos jurídicos, y (4) representación en negociaciones, mitigaciones y litigios con las contrapartes, todo ello teniendo en cuenta las diferencias culturales y de las perspectivas que pueden surgir entre las partes japonesas y no japonesas. También aceptamos una amplia gama de consultas de clientes no japoneses. Para obtener más detalles, visite el siguiente enlace.
Consulta legal sobre transacciones Hispano-Japonesas y la expansión internacional
También ofrecemos servicios para casos de herencias internacionales (casos por ejemplo del fallecimiento de una persona en Japón que posee bienes en el extranjero, o cuando una persona en el extranjero cuenta con bienes en Japón). Estos asuntos se resuelven en colaboración con abogados locales.
[16] Otros
Además de lo anterior, nos ocupamos de disputas de construcción, disputas fronterizas de propiedad y disputas de daños al consumidor bajo la ley de contratos del consumidor y la ley sobre transacciones comerciales específicas, etc.